Estas Condiciones, junto con la Especificación de Servicios adjunta, constituyen el acuerdo entre Empresa y el Colaborador.
Definiciones
1.1 Las definiciones que figuran en la Especificación de Servicios se aplicarán de la misma forma a estas Condiciones, a menos que se indique expresamente lo contrario
1.2 En estas Condiciones, los siguientes términos tendrán el significado que se les atribuye:
“Caso de incumplimiento" tiene el significado que se le atribuye a dicho término en la cláusula 9. 1;
“Cliente potencial" significa cualquier oportunidad que la Empresa considere que puede ser de interés para el colaborador;
“Crédito de cliente potencial" significa la cantidad de crédito que el socio/colaborador adquiere por adelantado para gastar en clientes potenciales;
“Datos del cliente potencial" significa los detalles anónimos de una oportunidad, junto con los detalles de la tarifa de cliente potencial para dicho cliente;
“Cuota de mantenimiento de la cuenta" significa la cuota aplicable a la cuenta mensualmente para cubrir la asignación continua del gestor de la cuenta y la distribución de leads (oportunidad, ventaja);
“Cuota de Lead (oportunidad, ventaja..)" significa la cuota por un Cliente Potencial concreto, cuota que se deduce del Crédito de Cliente Potencial disponible del colaborador;
“Oportunidad" significa cualquier oportunidad de trabajo o proyecto potencial para el colaborador generado a partir del trabajo realizado por Empresa;
“Cliente Potencial Devuelto" tiene el significado que se le da a dicho término en la cláusula 5. 1;
“Servicios" significa los servicios establecidos en la Especificación de Servicios; y
“Especificación de Servicios" significa el documento de especificación de servicios emitido por la Empresa que detalla el alcance de los Servicios que se prestan al colaborador e incorpora estos Términos.
Compra de Clientes Potenciales
2.1 Durante la vigencia de este acuerdo, el colaborador sólo puede comprar Crédito de Cliente Potencial por adelantado; el proceso de compra de clientes potenciales se basa en el acuerdo más reciente entre Empresa y el colaborador.
2.2 En los casos en los que el crédito de clientes potenciales no se haya utilizado para comprar un cliente potencial durante un período de 3 meses, la Empresa cobrará una cuota mensual de mantenimiento de la cuenta igual al cargo medio de un cliente potencial, según se calcule de vez en cuando; esta cuota se restará del crédito de clientes potenciales. Esto sólo se aplicará si la Empresa ha proporcionado los leads (beneficios, ventajas) pertinentes a la Empresa.
2.3 Todo crédito de clientes potenciales que no se utilice en los doce meses siguientes a la fecha de su adquisición caducará.
Proceso
3.1 Cuando la Empresa identifique un Cliente Potencial para el colaborador, enviará los Datos del Cliente Potencial por correo electrónico al colaborador a la dirección indicada en la Especificación de Servicios.
3.2 Si, basándose en los Datos del Cliente Potencial recibidos, el colaborador desea comprar el Cliente Potencial, deberá notificarlo a la Empresa lo antes posible. La Empresa se reserva el derecho de ofrecer El Cliente Potencial a otros clientes al mismo tiempo que dicho Cliente Potencial se ofrece al colaborador.
3.3 Si el colaborador notifica a la Empresa que desea comprar el Cliente Potencial y ésta aún disponible, la Empresa enviará por correo electrónico todos los detalles del Cliente Potencial al colaborador a la dirección indicada en la Especificación de Servicios, siempre y cuando; el colaborador disponga de suficiente Crédito de Cliente Potencial para poder realizar la compra; o que el colaborador confirme que está de acuerdo en comprar Crédito de Cliente Potencial adicional.
3.4 Si el colaborador desea comprar un Cliente Potencial, pero no dispone de suficiente crédito para realizar la compra, el colaborador puede tener derecho a comprar por Potencial Cliente, siempre que realice el pago completo de la comisión del Cliente Potencial para ese cliente es especifico antes de que Empresa envíe los datos completos del Cliente Potencial al colaborador.
3.5 Si la Empresa suministra datos completos sobre los Clientes Potenciales al colaborador y posteriormente se descubre que el colaborador no tiene suficiente Crédito disponible para permitirle realizar dicha compra, cuando el colaborador no haya realizado el pago completo de la Comisión de Cliente Potencial por adelantado de acuerdo con la cláusula 3.3 anterior, la Empresa tendrá derecho a emitir una factura al colaborador por cualquier Comisión de Clientes Potenciales pendiente y el colaborador estará obligado a realizar el pago de dicha factura en un plazo de 7 días a partir de la fecha de la misma.
3.6 Si bien la Empresa hará todo lo posible por conseguir clientes potenciales para el colaborador, nada en este acuerdo obliga a Empresa a hacerlo ni a proporcionar un número mínimo de clientes potenciales al colaborador, y la Empresa no será responsable ante el colaborador por no hacerlo.
3.7 La Empresa se reserva el derecho de volver a contactar con todos los clientes potenciales vendidos al colaborador con el fin de garantizar la calidad, recabar opiniones y garantizar el cumplimiento de estas condiciones.
Contacto con el Cliente Potencial
4.1 Rras la entrega por parte de Empresa de los Datos Completos del Cliente Potencial, de acuerdo con la cláusula 3.4, es responsabilidad del colaborador ponerse en contacto con el Cliente.
4.2 El colaborador se pondrá en contacto inicialmente con el Cliente Potencial por teléfono y, cuando los Datos Completos del Cliente Potencial identifiquen cualquier requisito específico en relación con el contacto inicial, incluyendo, pero sin limitarse a, las horas convenientes para llamar o el número de teléfono al que llamar, el colaborador se asegurará de cumplir con dichos requisitos.
4.3 Únicamente en el caso de que el intento inicial de contactar con el Cliente Potencial por teléfono de acuerdo con cualquier requisito específico no tenga éxito, el colaborador deberá intentar contactar el Cliente Potencial por correo electrónico. El colaborador debe incluir en dicho correo electrónico, los detalles del intento inicial de contactar con el Cliente Potencial por teléfono y debe hacer sugerencias en cuanto a un momento más adecuado para discutir la Oportunidad por teléfono.
4.4 Si, en el plazo de diez días naturales a partir de la fecha en la que Empresa envió por correo electrónico los datos completos del cliente potencial al colaborador, éste ha intentado ponerse en contacto con el cliente potencial por teléfono en el número correspondiente en no menos de cinco ocasiones distintas y por correo electrónico en la dirección de correo electrónico proporcionada en no menos de tres ocasiones distintas, pero no ha podido ponerse en contacto con el cliente potencial, el colaborador deberá informar a la Empresa de ello inmediatamente y, siempre que la Empresa haya recibido pruebas satisfactorias de que el colaborador ha intentado realizar dichas llamadas y ha enviado correos electrónicos en dicho período de diez días, la Empresa se pondrá en contacto con el cliente potencial para confirmar el estado de la oportunidad.
4.5 Cuando, después de que Empresa se ponga en contacto con el Cliente Potencial de acuerdo con la cláusula
4.6 y la Empresa confirme con el Cliente Potencial que el colaborador puede ponerse en contacto con él, la Empresa informará al colaborador de un plazo adecuado dentro del cual el colaborador debe intentar ponerse en contacto con el Cliente Potencial de acuerdo con la cláusula 4.4.
4.7 Si el colaborador, después de haber seguido los procesos de las cláusulas 4.2, 4.3 y/o 4.5 anteriores, se pone en contacto con el Cliente Potencial, pero el alcance de la Oportunidad difiere significativamente de lo establecido en los Datos completos del Cliente Potencial y el colaborador lo notifica a Empresa inmediatamente, la Empresa se pondrá en contacto con el Cliente Potencial para confirmar el estado de la Oportunidad.
4.8 Si, después de que la Empresa se ponga en contacto con el Cliente Potencial de acuerdo con la cláusula 4.6, la Empresa considere que la Oportunidad sigue siendo viable y de interés para el colaborador, la Empresa proporcionará al colaborador la información adicional de que disponga sobre la Oportunidad.
Clientes Potenciales Devueltos
5.1 Si, después de que la Empresa se ponga en contacto con el Cliente Potencial de acuerdo con las cláusulas 4.4 o 4.6, la Empresa determina que el cliente potencial ya no es viable o si, después de que el colaborador intente ponerse en contacto con el Cliente Potencial de acuerdo con la cláusula 4.5, cuando haya seguido todos los procesos anteriores, el colaborador no puede ponerse en contacto con el cliente potencial, el cliente potencial se considerará un "Cliente Potencial Devuelto". En ninguna otra circunstancia se considerará que un Cliente Potencial es un Cliente Potencial Devuelto.
5.2 Si un Cliente Potencial se considera un Cliente Potencial Devuelto, el colaborador recibirá un crédito de la Empresa con respecto a la tarifa establecida para dicho Cliente Potencial, que se podrá utilizar en otro Cliente Potencial.
5.3 Si se comprueba que el colaborador se ha reunido, ha contactado o se ha puesto en contacto con un Cliente Potencial que se consideraba previamente como un Cliente Potencial Devuelto, dentro de los veinticuatro meses siguientes a la fecha en la que dicho Cliente Potencial se consideraba como un Cliente Potencial Devuelto, el colaborador será responsable de pagar a Empresa una cantidad igual a diez veces la Comisión de Venta original de dicho Cliente Potencial.
5.4 En caso de que un colaborador solicite la devolución de un cliente potencial debido a su propio compromiso previo, la Empresa se reserva el derecho de solicitar pruebas o acreditaciones de dicho hecho. Las pruebas pueden incluir el registro de llamadas, la comunicación por correo electrónico y el historial de comunicación del CRM.
Las pruebas deben demostrar que se ha producido un contacto significativo, ya sea mediante una reunión o una propuesta, en un plazo de 6 meses.
Pagos
6.1 Los pagos de las Cuotas de los Clientes Potenciales serán realizados por el colaborador sobre la base del Crédito de Clientes Potenciales, la Empresa deducirá la Cuota de los Clientes Potenciales apropiada para un Cliente Potencial que haya sido adquirido del Crédito de Clientes Potenciales.
6.2 Empresa no estará obligada a prestar los Servicios mientras cualquier pago (o cualquier parte de este) adeudado a la Empresa siga pendiente y la Empresa se reserva el derecho de no proporcionar los Datos de Cliente Potencial completos al colaborador y de vender el Cliente Potencial a cualquier otro cliente cuando el colaborador no realice el pago de la Cuota de Cliente Potencial o no tenga suficiente Crédito de Cliente Potencial disponible para cubrir el coste de la Cuota de Cliente Potencial.
6.3 Todas las sumas pagaderas por el colaborador a Empresa en virtud de este acuerdo se pagarán sin deducciones, retenciones o compensaciones por cualquier motivo.
6.4 La Empresa se reserva el derecho de cobrar intereses sobre los importes vencidos, que se devengarán a partir de la fecha de vencimiento del pago. Estos intereses se calcularán diariamente hasta la fecha de pago a un tipo del 8% anual por encima del tipo básico del Banco de Inglaterra vigente en cada momento. Dichos intereses se devengarán tanto después como antes de cualquier sentencia.
6.5 Los honorarios de dirección y otros importes debidos a la Empresa en virtud de este contrato no incluyen el IVA, que, en su caso, se aplicará al tipo establecido en cada momento.
6.6 Sin perjuicio de cualesquiera otros derechos de la Empresa, el incumplimiento por parte del colaborador del pago de una Comisión de Dirección en la fecha de vencimiento del pago dará derecho a la Empresa, a su entera discreción, mediante notificación por escrito al colaborado, a rescindir el presente contrato, o cualquier otro contrato con el colaborador, ya sea en su totalidad o en parte, y/o a exigir el pago de todas las Comisiones de Dirección pendientes, en cada caso sin incurrir en ninguna responsabilidad ante el colaborador por cualquier pérdida causada por dicha rescisión.
Cumplimiento de la Ley
7.1 Cada una de las partes se compromete a cumplir en todo momento las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a los servicios de marketing directo que la ley le exija.
7.2 Las partes garantizan que están y seguirán estando (si se requiere) registradas a efectos del R.G.P.D y de cualquier modificación legal del mismo o que lo sustituya, y que cumplen con las disposiciones pertinentes de dicha ley en relación con la tenencia, el almacenamiento, el acceso y la divulgación de datos personales.
7.3 Por la presente, el colaborador acepta que, con sujeción a cualquier requisito legal, cualquier información proporcionada a la Empresa por el colaborador en relación con el Servicio puede ser utilizada o revelada a un tercero con el fin de realizar comprobaciones de referencias crediticias y localización y recuperación de deudas y otras actividades similares.
Responsabilidad
8.1 Las siguientes disposiciones establecen toda la responsabilidad de la Empresa (incluida, pero sin limitarse a ella, cualquier responsabilidad por los actos y omisiones de sus empleados, directivos, agentes o subcontratistas en relación con el Servicio) ante el colaborador con respecto a cualquier incumplimiento de sus obligaciones contractuales o cualquier tergiversación o negligencia u omisión, incluida, pero sin limitarse a ella, la negligencia, que surja en virtud de este acuerdo o en relación con él (“Incumplimiento").
8.2 La Empresa no garantiza que las oportunidades de negocio proporcionadas al colaborador se traduzcan en nuevos negocios o en una venta para el colaborador, ni que el colaborador sea preseleccionado por el Cliente Potencial para seguir participando en la oportunidad.
8.3 Aunque la Empresa tomará todas las medidas razonables para asegurar que cualquier información que forme parte de los Datos Completos del Cliente Potencial refleje con exactitud la información divulgada por el Cliente Potencial, la Empresa no garantiza la exactitud de los hechos de ningún Cliente Potencial.
8.4 La Empresa no tendrá ninguna responsabilidad ante el colaborador en relación a los daños sufridos por el software del colaborador, ya sea por la introducción de un virus informático o por cualquier otro motivo, como consecuencia de un Incumplimiento por parte de la Empresa o de sus empleados, directivos, agentes o subcontratistas.
8.5 La Empresa no será responsable ante el colaborador por perdidas gananciales, la pérdida de comercio o cualquier tipo de pérdida especial, indirecta o consecuente (incluyendo, pero sin limitarse a, la pérdida o el daño sufrido por el colaborador como resultado de una acción interpuesta por un tercero), incluso si dicha pérdida era razonablemente previsible o la Empresa había sido advertida de la posibilidad de que el colaborador incurriera en ella.
8.6 Sin perjuicio de lo dispuesto en las cláusulas 9.2, 9.3, 9.4 y 9.5, la responsabilidad de la Empresa con respecto a este contrato o a cualquier Evento de Incumplimiento o a cualquier serie de Eventos de Incumplimiento conectados no excederá la cantidad pagada por el Cliente por los Servicios prestados en relación con el contrato respecto al cual surge el Evento de Incumplimiento o 5.000 libras esterlinas, lo que sea menor.
8.7 La Empresa no tendrá ninguna responsabilidad ante el colaborador en relación a cualquier Incumplimiento a menos que el colaborador haya notificado el mismo a la Empresa dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que tuvo conocimiento de las circunstancias que dieron lugar al incumplimiento o a la fecha en que razonablemente debería haber tenido conocimiento del mismo.
8.8 No obstante, cualquiera de las disposiciones de este acuerdo, la responsabilidad de la Empresa hacia el colaborador no se excluirá ni se limitará con respecto al fraude o a la tergiversación fraudulenta por parte de la Empresa, o a la muerte o a los daños personales causados por la negligencia de la Empresa (o la negligencia de sus empleados, contratistas o subcontratistas).
Indemnización
El Colaborador indemnizará a la Empresa y/o a sus empleados, directivos, agentes y subcontratistas de forma completa e incondicional con respecto a cualquier pérdida o daño (incluyendo, pero sin limitarse a, los costes y cualquier pago necesario realizado para resolver o comprometer cualquier reclamación y los costes y desembolsos de los subcontratistas) que él o ellos puedan sufrir o incurrir directamente por cualquier incumplimiento de este acuerdo o negligencia por parte del colaborador o de sus empleados, directivos o agentes o por cualquier otra parte que actúe a través o con el colaborador.
Terminación
10.1 El presente acuerdo comienza en la fecha del inicio de los Servicios o en la fecha de firma de la Especificación del Servicio por parte del colaborador, lo que ocurra primero, y continuará hasta que se termine de acuerdo con sus términos. Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente contrato notificándolo a la otra por escrito con un mínimo de 1 mes de antelación.
10.2 Sin perjuicio de lo anterior, cualquiera de las partes podrá rescindir el presente contrato mediante notificación por escrito en caso de que la otra parte:
10.2.1 Incumpla sustancialmente las obligaciones dimanadas del presente contrato y no subsane dicho incumplimiento en un plazo de 30 días a partir de la recepción de un requerimiento por escrito de la otra parte para que subsane dicho incumplimiento;
10.2.2 Haya sido declarada en concurso de acreedores
10.3 La terminación de este acuerdo, cualquiera que sea su origen, se producirá sin perjuicio de los derechos y obligaciones de cualquiera de los partes devengados antes de la terminación del presente acuerdo. Sin perjuicio de la generalidad de lo dispuesto con anterioridad.
10.3.1 El colaborador se asegurará inmediatamente después de la terminación de todos los pagos asociados con el compromiso de crédito de Cliente Potencial completo que se debe a la Empresa en virtud de este acuerdo, incluyendo, pero no limitado a los costes y gastos incurridos por Empresa, ya sea durante el proceso de entrega de Cliente Potencial o de incorporación y que no han sido pagados por el colaborador, y
10.3.2 La Empresa, tras la deducción de sus honorarios (la Empresa tendrá derecho a realizar dicha deducción incluso cuando los pagos deban efectuarse en bruto al colaborador) y cualquier otra suma adeudada en la fecha de terminación, remitirá al colaborador todas las sumas que tenga en su nombre a la fecha de terminación.
10.4 Sin perjuicio de los términos de la cláusula 11.3.2, si este acuerdo es rescindido por el colaborador de acuerdo con la cláusula 11.1 o por cualquiera de las partes de acuerdo con la cláusula 11.2, el colaborador no tendrá derecho a ser reembolsado por ningún Crédito de Cliente Potencial adquirido, pero no utilizado durante la vigencia de este acuerdo.
Confidencialidad
11.1 Ninguna de las partes revelará en ningún momento, durante la vigencia o después de la terminación de este acuerdo, ninguna información confidencial adquirida o recibida como resultado de la celebración o ejecución de este acuerdo, sin perjuicio de que la Empresa pueda revelar información confidencial a sus empleados, funcionarios, agentes o Subcontratistas en la medidanecesaria para prestar los Servicios y de conformidad con la cláusula 8.3.
11.2 La cláusula 12.1 no se aplicará a:
11.2.1 la información que sea de dominio público de otra forma que no sea como resultado de un incumplimiento de la cláusula 12.1;
11.2.2 la información que deba ser divulgada por ley.
11.3 La Empresa notifica al colaborador que, las llamadas telefónicas y los correos electrónicos pueden ser grabados o monitoreados con fines de calidad.
Fuerza Mayor
La Empresa no será responsable ante el colaborador por cualquier pérdida o daño que pueda sufrir el colaborador como resultado directo o indirecto de que la Empresa se retrase, impida u obstaculice el cumplimiento de sus obligaciones en virtud de este acuerdo debido a causa de fuerza mayor o cualquier tipo de circunstancia fuera de su control razonable.
Cesión
La Empresa se reserva el derecho a ceder los derechos y las obligaciones dimanadas del presente contrato en cualquier momento a cualquier otro tercero.
Exención
Ninguna exención será efectiva a menos que sea otorgada por la Empresa por escrito.
Variaciones y Adiciones
15.1 Ninguna modificación del presente contrato será vinculante para la Empresa a menos que se haga por escrito y esté firmada expresamente por un funcionario debidamente autorizado de la Empresa.
15.2 Las variaciones en el tipo de Servicios que el colaborador debe remitir a la Empresa se harán constar mediante la cumplimentación de un apéndice, que una vez firmado y completado por la Empresa y el colaborador se integrará en el presente acuerdo y formará parte del mismo.
No Hay Asociación/Agencia
Este acuerdo no pretende crear una asociación o Cliente Potencial ni sociedad de ningún tipo entre las partes o autorizar a cualquiera de ellas a actuar como agente de la otra. Salvo que se indique expresamente en el presente acuerdo, ninguna de las partes tendrá autoridad para actuar en nombre o por cuenta de la otra, ni para obligarla.
Notificaciones
Todas las notificaciones que se realicen en relación al presente contrato deberán hacerse por escrito y, a menos que se especifique lo contrario, cualquier notificación enviada en virtud del presente contrato se considerará debidamente entregada si se envía por burofax o correo certificado dirigido a la parte interesada a su domicilio social o a la dirección postal especificada en la Especificación de Servicios o a cualquier otra dirección de notificación que dicha parte haya notificado a la otra parte como su dirección de notificación. Se considerará que la notificación ha tenido lugar 3 días después de la fecha de envío.
Ley
La formación, interpretación, ejecución, validez y todos los aspectos de este acuerdo se regirán por la ley española.
Arbitraje
Todas las disputas o diferencias que surjan en relación al presente acuerdo se someterán ante un único árbitro que será nombrado de mutuo acuerdo entre las partes. Cualquiera de las partes podrá notificar a la otra parte su voluntad de elección del árbitro, a fin de que la otra parte muestre su conformidad o no con el árbitro elegido. En caso de no llegar a un acuerdo en los 21 días siguientes a la fecha de dicha notificación, cualquiera de las partes podrá solicitar la designación del árbitro a la Corte Española de Arbitraje, de acuerdo con sus Estatutos y Reglamento vigente a la fecha de presentación de la solicitud de arbitraje.
Pacto Restrictivo
El colaborador no podrá, durante la duración de su contrato o durante un período de doce meses después de la terminación de este acuerdo, llevar a cabo directa o indirectamente o comprometerse o estar interesado en cualquier negocio con cualquiera de los empleados de la Empresa, antiguos o actuales, sin el consentimiento expreso por escrito de la Empresa. En cualquier caso, la Empresa se reserva el derecho a cobrar una cuota equivalente a un año de salario por cualquier miembro del personal cuyos servicios sean contratados directa o indirectamente por el colaborador.
Acuerdo Único
El presente acuerdo, constituye el único acuerdo entre las partes y contiene todos y cada uno de los pactos alcanzados entre las partes, sustituyendo y reemplazando todas las comunicaciones, representaciones, garantías, estipulaciones, compromisos y acuerdos anteriores, ya sean orales o escritos, entre las partes, con la salvedad de que nada de lo dispuesto en la presente cláusula 22 excluirá o restringirá la responsabilidad de la Empresa en caso de tergiversación fraudulenta.